¿las subvenciones tienen que ser auditadas?
Tanto a nivel Estatal, como por parte de algunas Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, se conceden subvenciones o préstamos para determinadas actividades de interés para su zona de influencia, que necesitan ser auditadas por un auditor de cuentas inscrito en el ROAC como los de
AUDITTA GLOBAL WORLDWIDE.
Para justificar debidamente el cumplimiento de las condiciones asignadas para la concesión de una subvención, tal y como queda estipulado en la Ley General de Subvenciones, se utiliza la cuenta justificativa del gasto,
que deberá a su vez estar adecuadamente documentada y certificada mediante la aportación de un informe realizado por un auditor profesional de cuentas inscrito en el ROAC. (Registro Oficial de Auditores de Cuentas).
El auditor de cuentas se encargará de revisar la cuenta justificativa
siguiendo el criterio establecido por la subvención, y de acuerdo con la normativa de actuación y supervisión que haya designado el órgano competente del control financiero de las subvenciones en el ámbito de la administración pública que las concede.
Es por ello que la intervención de un auditor profesional es necesaria para justificar la concesión de una subvención, puesto que además de suponer un apoyo en la compleja tarea de evaluación y control que debe realizarse para cumplir con los requisitos establecidos por las bases reguladoras de la subvención, éstas, tal y como queda señalado en el artículo 74 de la misma Ley General de Subvenciones, pueden prever una reducción de la información que tendrá reflejo en la memoria económica cuando la Cuenta Justificativa vaya acompañada por un informe de un auditor de cuentas debidamente inscrito en el ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas) y autorizado por el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas).
AUDITORÍAS CDTI - Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial.
El CDTI-E.P.E. es una Entidad Pública Empresarial, dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, que promueve la innovación y el desarrollo tecnológico de las empresas españolas. Es la entidad que canaliza las solicitudes de ayuda y apoyo a los proyectos de I+D+i de empresas españolas en los ámbitos estatal e internacional. Así pues, el objetivo del CDTI es contribuir a la mejora del nivel tecnológico de las empresas españolas mediante subvenciones o ayudas parcialmente reembolsables a proyectos de I+D desarrollados por empresas.
Programas de ayuda parcialmente reembolsables en I+D:
Programas de ayuda parcialmente reembolsables en Innovación:
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Línea Innovación
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Línea Expansión
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Proyectos FEMP
Subvenciones en I+D:
Subvenciones Nuevas Empresas:
Programas de I+D+i financiados por terceros
Además de las ayudas que concede el CDTI, este actúa como facilitador para las entidades españolas que quieran acceder a las ayudas de programas internacionales de cooperación tecnológica como el Programa Marco de I+D+I de la Unión Europea o en licitaciones tecnológicas de programas espaciales o de grandes instalaciones científicas.
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Programa Marco de I+D+I de la Unión Europea.
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Licitaciones de grandes instalaciones científicas.
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Agencia Espacial Europea (ESA)
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Programas espaciales.
SUBVENCIONES CDTI - NEOTEC
Mediante el proyecto NEOTEC
se pretende incentivar la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológicas (EBT) en nuestro país. Este tipo de empresas se caracterizan por concentrar su actividad en la explotación de productos o servicios que requieren el uso de tecnologías o conocimientos que se desarrollan a partir de la investigación, poniendo de relieve el dominio del conocimiento científico y técnico. Así pues, la tecnología y su desarrollo supone, para este tipo de empresas, el elemento diferenciador y más relevante de su actividad.
Las ayudas que se otorgan a través del proyecto NEOTEC,
están, por lo tanto, destinadas a las empresas de base tecnológica y se integran dentro del régimen de ayudas a empresas jóvenes e innovadoras. Además, se exige de acuerdo con la normativa, que los costes en investigación y desarrollo del beneficiario representen un mínimo del 10% (convocatoria 2018 sujetas al plan 2017-2020) de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o, si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, según la auditoría del ejercicio fiscal en curso, de conformidad con la certificación de un auditor externo que deberá aportarse obligatoriamente en cada caso.
La totalidad de todas estas subvenciones requieren de un informe de auditoría de cuentas de justificación de los gastos incurridos y reportados en la memoria económica para la subvención que deberá certificar un auditor de cuentas inscrito en el ROAC.
En AUDITTA GLOBAL WORLDWIDE
contamos con amplia experiencia en informes para subvenciones.