PROCEDIMIENTOS ACORDADOS
El auditor de cuentas es requerido para realizar un trabajo mediante el cual serán aplicados ciertos procedimientos de revisión previamente acordados con el cliente que contrata sus servicios.
El objetivo de un trabajo de Procedimientos Acordados
es que el auditor lleve a cabo procedimientos de auditoría acordados previamente con la empresa, los cuales han sido convenidos entre el auditor y la empresa, con una finalidad determinada, y respecto a los que el auditor emite un informe conteniendo el resultado de los hallazgos, sin dar una opinión al respecto.
Los Procedimientos Acordados
pueden referirse a una gran diversidad de conceptos:
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Inmovilizado (valoración, amortización, deterioro, inventario),
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Existencias (inventario, valoración, deterioro),
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Cuentas por cobrar (saldos, analizar antigüedad, conciliaciones),
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Cuentas a pagar (saldos, conciliaciones),
LA REVISIÓN LIMITADA
La Revisión Limitada
consiste en un examen de los estados contables que, mediante la aplicación de un conjunto determinado de procedimientos, nos permite informar acerca de si ha encontrado o no excepciones significativas respecto de las prácticas y normas contables adecuadas y otros hechos que llegaren a su conocimiento, y que pudieran afectar sustancialmente los estados contables.
El alcance de una Revisión Limitada
es sustancialmente menor que el de una auditoria ya que, a diferencia de los trabajos de Procedimientos Acordados, en una Revisión Limitada
no se acuerdan los procedimientos a ejecutar con el cliente, sino que los determina el propio auditor en función de las circunstancias y de los riesgos asociados al cliente y encargo y, por tanto, es responsabilidad del auditor determinar la naturaleza y el alcance de los procedimientos que se aplican.
Por tanto, podemos decir que la Revisión Limitada
es una revisión de las áreas concretas en las que el auditor cree que puede existir riesgo y en la que, a través de la realización de procedimientos analíticos y de revisión, obtener una seguridad razonable de las áreas concretas en relación con la veracidad de la información y que esta esté libre de errores, si bien no se emite una opinión de auditoría al respecto.
Este tipo de trabajos se encuentran regulados en ISA 2400 “Reglas Internacionales para las Revisiones Limitadas”.
Aunque las Revisiones Limitadas
no proporcionan la misma seguridad que una auditoría, suelen resultar más económicas y pueden satisfacer de igual manera las necesidades de algunos de nuestros clientes.
Entre las Revisiones Limitadas
más habituales nos encontramos la revisión realizada en el ámbito de auditorías de grupo por componentes no significativos, Por ejemplo, la realización de una Revisión Limitada podría dar respuesta a las siguientes preguntas:
¿Estamos amortizando correctamente nuestras inversiones?
¿Se han depreciado nuestros activos?
¿Estamos valorando correctamente nuestras existencias?
¿Nuestro control interno es adecuado?
¿Nuestro control interno en el área de compras es adecuado?
Depende de cual sea la necesidad AUDITTA GLOBAL WORLDWIDE
diseñará un tipo de revisión u otro.